RESUMEN TEMA NUMERO DOS
ACOSO LABORAL
Teniendo en cuenta que el
acoso laboral o también llamado “mobbing” es la conducta persistente y demostrable, ejercida
sobre un empleado o trabajador, por parte de un empleador, un jefe o superior inmediato, un compañero de trabajo o un
subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a
causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir la
renuncia del mismo, por lo tanto se presentan con unas conductas tales como:
CONDUCTAS DE ACOSO LABORAL.
•
Los actos de agresión física.
•
Las expresiones injuriosas o ultrajantes.
•
Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional.
•
Las injustificadas amenazas de despido.
•
Las burlas.
•
Las múltiples denuncias disciplinarias
Las
consecuencias para las víctimas de este tipo de abuso se traducen en problemas
psicológicos como angustia y depresión; físicos como pérdida de peso, dolores
de cabeza o insomnio; laborales como caída del rendimiento, desórdenes
alimenticios, la falta de relaciones sociales
traen problemas familiares y pérdida de relaciones interpersonales.
Debemos
tener presente cuando hay acoso laboral y en qué momento no lo es .
TABLA COMPARATIVA :
Acoso Laboral
|
No Acoso Laboral
|
·
Los actos de agresión física.
|
·
No es acoso laboral el asumir una
determinación firme
en la toma de
una decisión.
|
·
Las expresiones injuriosas o ultrajantes
sobre la persona.
|
·
Se tendrá como una conducta respetuosa,
el trato cordial,
Sin discriminación .
|
·
Los comentarios hostiles y humillantes
de descalificación profesional
|
·
No se tendrá como acoso laboral
el llamado de atención que se
·
haga ni la premura exigida para
el cumplimiento de una labor
encomendada.
|
·
Las injustificadas amenazas de despido
expresadas
en presencia de los
compañeros de trabajo.
|
·
No será entonces acoso laboral la exigencia
de diligencia
·
y cumplimiento en las labores.
|
·
Las múltiples denuncias
disciplinarias de cualquiera de los sujetos
activos del acoso,
|
·
No es acoso hacer las denuncias,
de manera fundada y seria. |
·
La descalificación humillante y en
presencia
de los compañeros de
trabajo de las
propuestas u opiniones de trabajo.
|
·
No es acoso laboral la contra argumentación
de propuestas y las diferentes opiniones. |
·
Las burlas sobre la apariencia física
o la forma de vestir,
formuladas
en público
|
·
No dará lugar al acoso laboral una sugerencia generalizada
sobre
vestuario o incluso privada
|
·
La alusión pública a hechos pertenecientes
a la intimidad de la
persona
|
·
No es acoso laboral el emitir un consejo en privado o
realizar un estudio
psicológico de personalidad,
|
·
La exigencia de laborar en horarios excesivos
respecto a la jornada
laboral contratada
o legalmente
establecida, los cambios sorpresivos
del
turno laboral
|
·
Las jornadas excesivas tienen soporte y fundamento legal
como horas extras.
|
·
El trato notoriamente discriminatorio
respecto a los demás
empleados
en cuanto
al otorgamiento de derechos
y prerrogativas laborales y la
imposición
de deberes laborales
|
·
No será acoso laboral el asignar funciones especiales en
consideración a la
cualificación del personal
|
·
La negativa a suministrar
materiales e información absolutamente
indispensables para el
cumplimiento de la labor.
|
·
Ante situaciones especiales, por cambio de políticas
y planes establecidos en la empresa, puede darse la ocasión de restringir la entrega de materia prima. |
·
La negativa claramente injustificada
a otorgar permisos, licencias
por
enfermedad, licencias ordinarias y
vacaciones, cuando se dan las
condiciones
legales, reglamentarias o
convencionales para pedirlos
|
·
Por necesidades urgentes de la empresa y ante eventuales
modificaciones laborales, podrá restringirse de manera transitoria, |
·
El envío de anónimos, llamadas
telefónicas y mensajes virtuales
con
contenido injurioso, ofensivo
o intimidatorio o el sometimiento a una
situación de aislamiento social.
|
·
Hablar de manera Cortez y enviar cartas de afecto o felicitación .
|
Consejos para prevenir el mobbing o acoso
laboral
.
Por ello, uno de los consejos para prevenir el mobbing que
pueden seguir las empresas, es :
·
Establecer un programa adecuado de incorporación al puesto de trabajo,
que contribuya a valorar las habilidades que aporta el nuevo empleado,
·
Generar con los compañeros y jefes una buena
comunicación ya que esto ayuda como apoyo a no verse solo.
·
Un ambiente de trabajo agradable y
sin estrés es la mejor opción para no
generar roses ni indiferencias con los demás
compañeros
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